La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) informó que el próximo viernes concluye el procedimiento de resello de las licencias- credenciales, para los trabajadores no asalariados en la Ciudad de México.

Reveló la dependencia que desde el pasado 2 de enero y hasta la fecha, ha realizado mil 704 resellos de licencias-credenciales para personas trabajadoras no asalariadas, así como la entrega de 98 nuevas credenciales.

Este trámite puede realizarse en las instalaciones de la STy FE, ubicadas en Calzada San Antonio Abad número 32, colonia Tránsito, Alcaldía Cuauhtémoc.

Explicó la institución que la credencial de trabajador no asalariado, brinda identidad formal, certeza y protección para ejercer libremente el derecho de realizar un trabajo digno.

Asimismo, los beneficiarios tienen la oportunidad de recibir capacitación y conocer sus derechos y obligaciones en el ejercicio de su trabajo, así como recibir respaldo y asesoría de esa  Secretaría, en caso de algún conflicto laboral.

Para obtener este resello, es necesario presentar original y copia de la credencial de “Trabajo No Asalariado”, copia de la credencial vigente del Instituto Nacional Electoral (INE), y copia de comprobante de domicilio actualizado, como el recibo de servicios de luz, agua o teléfono.

Cabe destacar que el Trabajo No Asalariado es la labor que una persona presta a otra, un servicio personal que puede ser de forma ocasional mediante una remuneración económica, sin que exista entre las dos personas la relación obrero patronal que regula la Ley Federal del Trabajo.

De acuerdo con el artículo 3 del Reglamento para los Trabajadores No Asalariados, son trabajadoras y trabajadores no asalariados: los aseadores de calzado; estibadores, maniobristas y clasificadores de frutas y legumbres; mariachis, músicos, trovadores y cantantes; organilleros; artistas de la vía pública; plomeros, hojalateros, afiladores y reparadores de carrocerías.

También, están en esta labor los fotógrafos, mecanógrafos, peluqueros, albañiles, reparadores de calzado; pintores, trabajadores auxiliares de los panteones, compradores de objetos varios, ayateros y vendedores de billetes de lotería, de publicaciones y revistas atrasadas.

Además, el Artículo 12 de dicho Reglamento establece que los trabajadores no asalariados deberán resellar sus licencias anualmente, en la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.