Es obligación de los integrantes del Concejo de las 16 alcaldías transmitir en tiempo real, a través de la página oficiales de las demarcaciones, las sesiones que lleven a cabo para supervisar y evaluar las acciones de gobierno.

Asimismo, los acuerdos de las sesiones que no contengan información clasificada y el resultado de su votación, serán difundidos cada mes en la Gaceta de la Alcaldía y en los estrados de la misma.

Así quedó establecido en diversas reformas a Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México, que fueron publicadas este lunes en la Gaceta Oficial capitalina.

En el documento se señala que, estas acciones tienen como propósito atender los principios de transparencia, rendición de cuentas y máxima publicidad.

Con ello, ahora los alcaldes no solo podrán citar a sesiones de Concejo, sino que también podrá ser por solicitud de la mayoría absoluta de los concejales.

De igual forma, en caso de licencia temporal o definitiva del titular de la alcaldía, para evitar paralizar las actividades del Consejo, el servidor público que esté encargado del despacho, será quien presida las sesiones de este órgano.

También, cuando se requiera convocar a la alcaldesa o al alcalde, así como a los titulares de las Unidades Administrativas para que concurran a rendir informes ante el pleno o comisiones, deberá existir acuerdo previo del Concejo para tal convocatoria y deberá notificarse en forma expresa y por escrito o por medios electrónicos al servidor público respectivo, por lo menos con 72 horas de anticipación.

Estás nuevas disposiciones, entrarán en vigor a partir de este uno de abril, y los concejales de las alcaldías deberán realizar las modificaciones a sus reglamentos Internos, para adecuarlos al contenido del presente decreto, en un plazo no mayor de 60 días naturales.


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