
Pese a que aprobó el registro como partido político local al PRD, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) lo apercibió para que en un plazo de 60 días hábiles, realice las modificaciones que resulten necesarias a su Declaración de Principios y Estatuto, a fin de que emita los reglamentos internos y lineamientos previstos en sus normas, pues de lo contrario revocará su registro.
Además, el IECM condicionó al sol azteca a efectuar la integración de sus órganos directivos conforme a sus disposiciones estatutarias, y designar la representación propietaria y suplente ante ese Consejo General, conforme a las disposiciones de su Estatuto.
Por lo que aún y cuando reconoció la personalidad de Nora del Carmen Bárbara Arias Contreras y Guillermo Domínguez Barrón, como presidenta y secretario de Gobiernos y Asuntos Legislativos, respectivamente, no quiere decir que deban continuar en esos cargos, pues eso lo determinarán las disposiciones estatutarias de ese instituto político.
Aclaró el IECM que ambas personas continuarán en esas posiciones, “para realizar, entre otras acciones, las gestiones de las prerrogativas correspondientes al partido político, hasta en tanto se lleve a cabo la integración de sus órganos directivos”, precisó el organismo electoral.
Además, en un plazo de 10 días naturales, a partir de este lunes, el secretario Ejecutivo del IECM remitirá a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE), la documentación correspondiente y solicitar cargar el padrón de personas afiliadas en la Ciudad de México correspondiente, en el Sistema de Verificación del Padrón de Personas Afiliadas a los Partidos Políticos.
La resolución del Consejo General del IECM, deberá publicarse de manera inmediata en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y en los estrados del mismo instituto, tanto en oficinas centrales como en sus Direcciones Distritales, además de la página de internet http://www.iecm.mx.
Recordó el IECM que el registro como partido político local, fue con motivo de que el pasado 19 de septiembre, el Consejo General del INE determinó la pérdida de registro del PRD como partido político nacional, en virtud de no haber obtenido por los menos el 3% de la votación válida emitida en la elección federal.
En el caso de la Ciudad de México, el PRD si alcanzó el umbral del 3% en la elección de Jefatura de Gobierno y diputaciones del Congreso local, por lo que el pasado 20 de septiembre, la presidenta de la Dirección Estatal Ejecutiva y Secretario de Gobierno y Asuntos Legislativos del PRD capitalino, manifestaron su intención de constituirse en partido político local, a través de una solicitud de registro presentada ante la Oficialía de Partes del IECM.
Los artículos 95, numeral 5, de la Ley General de Partidos Políticos, y 354 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, establecen que si un partido político nacional pierde su registro, por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso electoral ordinario federal, podrá optar por el registro como partido político local en la capital del país.
Para ello, es necesario que en la elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el 3% de la votación valida emitida, y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los distritos o de las Alcaldías.
En la Ciudad de México la votación válida emitida para la Jefatura de Gobierno, fue de cinco millones 445 mil 476 votos, por lo que el PRD obtuvo el 3.04%.
Mientras que para las diputaciones de mayoría relativa, la votación válida emitida el pasado 2 de junio fue de cinco millones 348 mil 581 sufragios, de los cuales el PRD obtuvo el 3.73%; en tanto que para Alcaldías y concejalías, el total fue de cinco millones 364 mil 311, 4.05% para el instituto político.
Descubre más desde Donceles Portal
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
