En el sexto y último periodo extraordinario de la II Legislatura, diputados de Morena en el Congreso capitalino buscan aplazar -por seis años-, que deudores alimentarios, violentadores y agresores sexuales ocupen cargos públicos.

Así como también diversos compromisos laborales de las instituciones públicas de la capital con sus trabajadores.

Y es que a través de un dictamen “disfrazado” para reformar la Constitución capitalina, en la que se busca impulsar el resguardo de mujeres y niñas en situación de violencia en refugios o casas de emergencia, los morenista solicitaron la modificación de un artículo transitorio.

En este último, originalmente, se detalla que todo lo relacionado en el artículo 10 respecto a una serie de mejoras laborales para trabajadores capitalino iniciarán a partir del 31 de agosto del 2024.

No obstante, el aún diputado local y alcalde electo de Magdalena Contreras, Fernando Mercado Guaida, pidió que esto entrará en vigor, seis años después; es decir, hasta el 1 de enero del 2030.

Una de la acciones que más llaman la atención y que buscan alargar, es que se impida que deudores alimenticios o sentenciados por delitos sexuales o violencia intrafamiliar puedan “ejercer un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni podrá registrarse como candidata a cargos de elección popular”.

Algunas otras acciones a prolongar son:

-Las personas trabajadoras que presten sus servicios en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Ciudad, en los organismos autónomos y en las alcaldías, tienen derecho a la plena libertad de asociación sindical, tanto en sindicatos como en federaciones según convenga a sus intereses, en el marco de un modelo democrático que permita el pleno ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones en la materia. Se garantizará el voto libre, universal y secreto para la elección de los dirigentes sindicales y de los representantes y delegados en los términos que fije la ley.

-Se garantiza el derecho de huelga, en los términos previstos por la ley.

-Las personas trabajadoras gozarán de los derechos establecidos en los contratos colectivos y condiciones generales de trabajo, mismos que no podrán ser menores que los reconocidos por esta Constitución. El principio de bilateralidad regirá en las negociaciones de las condiciones de trabajo, prevaleciendo los criterios de pluralidad y respeto a las minorías. La administración de los contratos colectivos se hará por el conjunto de las representaciones sindicales en razón de la proporción de sus trabajadores, en los términos fijados por la ley.

-Las autoridades garantizarán que en las relaciones de trabajo no existan formas de simulación y contratación precaria que tiendan a desvirtuar la existencia, naturaleza y duración de las mismas.

-Los empleados de confianza disfrutarán de las medidas de protección al salario y gozarán de los beneficios de la seguridad social. En caso de despido injustificado tendrán derecho a una indemnización de tres meses de salario más veinte días de salario por cada año de servicio prestados.

-Las autoridades de la Ciudad garantizarán a sus trabajadoras y trabajadores un salario remunerador en los términos reconocidos por esta Constitución y que en ningún caso deberá de ser menor al doble del salario mínimo general vigente en el país.

-La modernización de las relaciones de trabajo en el sector público se debe construir a partir de un esquema de formación profesional, salario remunerador y ejercicio de los derechos individuales y colectivos, incluyendo a las personas trabajadoras de base.

-Se garantizará que por cada cinco días de trabajo, deberán disfrutarse de dos días de descanso.

-Los conflictos laborales que se presenten entre las instituciones públicas de la Ciudad y sus personas trabajadoras, así como aquellos que se presenten entre organizaciones sindicales o al interior de estas, serán dirimidos por un Tribunal Burocrático en los términos establecidos por la ley.

-El Gobierno de la Ciudad será garante y responsable de todos los derechos de las personas trabajadoras del poder Ejecutivo y de sus alcaldías.


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