El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) declaró inexistentes las infracciones atribuidas a Santiago Taboada Cortina, por actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, cuando aún fungía como alcalde de Benito Juárez.

Con base en el expediente TECDMX-PES-009/2024, los magistrados electorales establecieron que la denuncia la fundamentó el quejoso de una supuesta transmisión de “cineminutos”, previos a la proyección de cintas cinematográficas, en los que se promocionaba la revista “Cambio”, con la inclusión del retrato del probable responsable en la portada.

En sesión pública virtual, los cinco impartidores de justicia analizaron las constancias presentadas por el demandante, pero no encontraron evidencias para responsabilizar de esas presuntas irregularidades al hoy candidato a la Jefatura de Gobierno por la coalición “Va X la Ciudad de México”.

Ante ello, los integrantes del TECM, por unanimidad, declararon “la inexistencia de las infracciones denunciadas”, cuando fungía como titular de la Alcaldía Benito Juárez.


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