En tan sólo 10 minutos y por unanimidad, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) resolvieron otorgar licencia definitiva a Santiago Taboada Cortina, por lo que desde este sábado puede separarse como alcalde en Benito Juárez; con ello, puede contender a la Jefatura de Gobierno en las elecciones del próximo año.

Durante una sesión pública, los magistrados avalaron el proyecto de sentencia respecto al juicio 156 para la protección de derechos político-electorales que interpuso ayer Taboada Cortina, una vez que el Congreso capitalino no ha podido sesionar.

Cabe aclarar que Taboada Cortina impugnó la actitud del Congreso capitalino, de no resolver su solicitud de licencia definitiva a partir del 2 diciembre, plazo que se debe atender para cumplir con el requisito de elegibilidad.

En el proyecto de sentencia, elaborado por el magistrado Juan Carlos Sánchez, se observó que no existe constancia respecto a que el Congreso local haya dado trámite oportuno a la solicitud del precandidato a la Jefatura de Gobierno por la coalición Vamos por la Ciudad de México.

Además, en la ponencia del impartidor de justicia electoral y que fue avalada por el resto del pleno del TECM, quedó asentado que los diputados pretenden resolver sobre el tema hasta la sesión del Pleno, que tendrá lugar el próximo martes.

“Se desprende de ello una dilación injustificada en su actuar, pues de aprobarse (el 5 de diciembre) volvería irreparable el derecho de la parte actora”, por lo que el pleno de magistrados electorales resolvieron sobre el tema.

Es de destacar que el único que tomó la palabra para razonar su voto, fue el magistrado y presidente del TECM, Armando Ambriz Hernández, quien destacó que este tipo de casos no resultan novedosos, pues existen precedentes desde el año 2001 e, incluso, de fechas más recientes, del proceso electoral de 2021.

Recordó que al considerar que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha sostenido desde el año 2001, “que basta con la manifestación concreta de voluntad de la persona interesada, en el sentido de dejar de desempeñarse como persona servidora pública y no realizar materialmente las funciones respectivas, para considerar que se actualiza la separación del cargo”, dijo.

En ese sentido, añadió el funcionario, si bien formalmente el interesado debe presentar su solicitud a la mesa directiva del Congreso de la Ciudad de México, para manifestar que quiere separarse del encargo, el requisito de elegibilidad únicamente está supeditado a que exprese su voluntad de separarse y que materialmente deje de ejercer las funciones del encargo, a efecto de que pueda ser electa como Jefe o Jefa de Gobierno de la Ciudad de México.

Por ello, en estricto apego al criterio reiterado del TEPJF, este Tribunal Electoral resolvió en el sentido de proteger el derecho a ser votado del actor, quien ha manifestado su pretensión de ser candidato a la Jefatura de Gobierno.  

Ambriz Hernández detalló que este criterio ya había sido establecido por el TECM, al resolver el Juicio de la Ciudadanía 23 del año 2021, en el pasado proceso electoral.

Así, coincidió el pleno de magistrados, quien aspire a la Jefatura de Gobierno debe separarse a más tardar 180 días antes de la jornada electoral, “por lo que si la pretensión del actor es separarse a partir del 2 de diciembre del presente año, entonces el no atender su pretensión pone en riesgo su derecho de voto pasivo”, enfatizaron.

Ante este panorama y con base en los criterios señalados, el TECM determinó reconocer la separación del cargo solicitada por Santiago Taboada Cortina, a partir de la fecha en que lo requirió.  

 


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