El pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) revocó los lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, que emitió el Instituto Electoral capitalino (IECM).

Con este acuerdo, los consejeros electorales solicitaban al Gobierno de la Ciudad de México y a las alcaldías retirar la propaganda y blanqueamiento de bardas de diversos actores políticos que realizan llamado al voto u promueven su «apellido» y no contengan la leyenda de que se encuentran participando en un proceso interno.

De acuerdo a los magistrados, el oficio IECM/SECG/131/2023, signado por el Secretario Ejecutivo del citado órgano electoral, «es inexacto y no encuentra fundamento legal», y es que el artículo 397 del Código Electoral -en el que se basa el IECM-, habla del retiro de la propaganda tras la etapa de la campaña electoral.

Mientras que el numeral 275 del Código mencionado, establece una regulación similar pero de todo material posterior al desarrollo de las precampañas.

No obstante, oficialmente, las precampañas inician el próximo 5 de noviembre y las campañas el 1 de marzo del 2024 para el cargo de la Jefatura de Gobierno y para los cargos de diputados locales y alcaldes, 31 de marzo del 2024.

«El requerimiento de retiro y/o blanqueamiento de propaganda, contenido en el Acuerdo impugnado viola el principio de legalidad al aplicar una norma jurídica que no regula de manera concreta la acción citada, previo al inicio de las etapas de precampaña y campaña, por lo cual, se encuentra indebidamente fundado», destacaron.

Asimismo, exponen que el IECM se extralimitó en sus facultades al intentar reglamentar actos previos a las etapas de precampaña y campaña.

Estos lineamientos fueron impugnados por el jefe de Gobierno, Martí Batres, quién destacó que no estaba regulada la acción que le ordenaban y tampoco disponía de los recursos para lo señalado.


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