
En el último día de la Comisión Permanente, mujeres víctimas sobrevivientes de ácido chocaron por la iniciativa de la diputada de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, Marcela Fuente.
Esta última busca incluir como violencia física, los ataques con ácido, sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables o cualquier otra sustancia en contra de las mujeres.
Lo anterior, quedaría plasmado en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la capital, donde se establece el término “violencia ácida”, que pueda provocar o no lesiones, ya sean internas, externas o ambas.
No obstante, una de las sobrevivientes, Ana Helena Saldaña, que fue atacada en 2018 con ácido en Iztacalco, dijo estar inconforme con la redacción de misma, además de que acusan no se escuchó a todas las víctimas.
Saldaña Aguilar destacó que “supuestamente presumen que se hizo una investigación” y ponen un término erróneo pues lo correcto para este tipo de delitos debe ser “violencia química” -pues no solo es un ataque físico “les destrozaron la vida”-, además de que en ningún se tomo en cuenta la opinión de las víctimas de la Ciudad de México.
Dejó en claro que apenas hace cinco días, cuando la iniciativa ya estaba publicada en la página oficial del Congreso capitalino, asesores de la diputada, Fuente Castillo se contactaron con ella para pedirle su apoyo al texto.
Incluso, dijo que les pidió no presentar el documento y que se analizará más a fondo para que las 37 víctimas que hay por este tipo de ataques fueran escuchados; “pero me invisibilizaron, y nos dijeron que eso se podría ver después en los foros que se van a llevar a cabo”.
Por su parte, la saxofonista, María Elena Ríos, atacada con ácido en Oaxaca en 2019, dijo que “no están matando con ácido, gasolina, alcohol, cables de alta tención”, y apuntó que de nada sirven las leyes cuando “el poder judicial, así como las físcalias están podridas”.
Pidió realizar foros abiertos sobre el tema, y que se incluya a las comunidades transexuales que también han sido víctimas de este delito.
En general el documento, que fue turnado a las Comisiones de Procuración de Justicia e Igualdad de Género para su análisis y dictaminación, propone que se le imponga una sanción de 8 a 12 años de prisión, así como una multa económica de 31 mil 122 a 72 mil 618 pesos.
Y esto se aumentará en un tercio cuando cause deformidad o daño permanente, entorpezca o debilite permanentemente una extremidad o cualquier otro órgano; y se aumentará hasta la mitad cuando la conducta delictiva cause deformidad en el rostro, pérdida parcial o total del oído, vista, habla o incapacidad permanente para trabajar, cause alteración o daño en el aparato genital, en las funciones de reproducción sexual o atente contra el libre ejercicio de la autonomía sexual.
También considera lesiones por ataques con ácido o similares cometidos contra la mujer en razón de su género, cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias: si entre el sujeto activo y la víctima existió una relación sentimental, sexual, afectiva o de confianza, ya sea de parentesco, laboral, docente o, de hecho; o que previo a la lesión infringida existan antecedentes de violencia contra las mujeres o delitos de género.
En tanto, se considerará tentativa de feminicidio, cuando las lesiones cometidas contra la mujer provoquen resección parcial o total de los órganos genitales y se impondrá de 12 a 30 años de prisión.
Así como la obligación de la Secretaría de Salud deberá llevar un registro y remitir a las autoridades competentes la información y estadísticas sobre las personas atendidas en caso de lesiones causadas por ácidos o sustancias corrosivas, protegiendo en todo momento sus datos personales.
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